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Condiciones Generales de Venta para el Comercio Mayorista de Productos de Floricultura, redactadas por la Asociación de Mayoristas de Productos de Floricultura (VGB) y registradas en la Cámara de Comercio e Industria de Á Ámsterdam con el número 40596609.
Estas Condiciones Generales se aplican a todas las ofertas realizadas por un mayorista (el “Vendedor”), a todos los contratos celebrados entre el Vendedor y un cliente (el “Comprador”) y a la ejecución de dichos contratos. Salvo acuerdo explícito por escrito, se excluyen las condiciones generales del Comprador.
Cualquier disposición divergente deberá acordarse expresamente por escrito. Las disposiciones divergentes prevalecerán sobre las Condiciones Generales.
Todas las ofertas realizadas no serán vinculantes para el Vendedor, a menos que indiquen un plazo de validez. Si el Comprador acepta una oferta no vinculante, el Vendedor podrá revocarla dentro de los dos días laborables siguientes a la recepción de la aceptación.
Cualquier información publicada por el Vendedor sobre el producto ofrecido —incluyendo, entre otros, imágenes, especificaciones del producto y comunicaciones similares en el sitio web del Vendedor o en cualquier otro lugar— sirve únicamente como indicación. No generan obligación alguna para el Vendedor, y el Comprador no podrá derivar derechos de ellas, salvo que el Vendedor haya declarado explícitamente por escrito que los productos corresponden a la información publicada.
Un contrato se considerará celebrado en el momento en que el Vendedor acepte expresamente el pedido de la manera habitual en el sector.
Las ofertas son únicas y no se aplican a pedidos repetidos.
Los precios son EXW (Ex Works) almacén del Vendedor.
Salvo acuerdo en contrario, los precios no incluyen IVA, derechos de importación, otros impuestos y tasas, costes de inspección de calidad y/o controles fitosanitarios, costes de carga y descarga, embalaje, transporte, seguro u otros gastos. El Vendedor cargará al Comprador todos los incrementos del precio de coste que inicialmente haya pagado el Vendedor y/o que esté obligado a repercutir al Comprador por disposición legal. El seguro de transporte solo se contratará a petición explícita y por cuenta del Comprador.
Los precios se expresan en euros, salvo que en la factura se indique otra moneda.
Los plazos de entrega indicados son orientativos y no podrán considerarse esenciales, salvo acuerdo expreso por escrito. El Vendedor no será responsable de los daños sufridos por el Comprador como consecuencia de retrasos más allá del plazo indicado.
Si el Vendedor no puede ejecutar total o parcialmente un pedido, informará al Comprador lo antes posible. Si no puede entregar la cantidad solicitada, podrá entregar una cantidad menor o posponer la ejecución y/o, de mutuo acuerdo con el Comprador, entregar otros productos similares o de igual valor.
Salvo acuerdo expreso por escrito, el almacén o zona de procesamiento del Vendedor, o cualquier otro lugar indicado por él, se considerará el lugar de entrega. El riesgo se transfiere al Comprador en el momento de la entrega o, en caso de transporte, en el momento en que los productos se entregan al transportista o salen del lugar de entrega, independientemente de quién pague los costes de transporte.
La entrega será gratuita únicamente si así se ha acordado y se indica en la confirmación del pedido.
El Vendedor se reserva el derecho de no ejecutar pedidos si el Comprador no ha pagado entregas anteriores dentro del plazo acordado, si ha incumplido otras obligaciones o si, a juicio del Vendedor, existe riesgo de que el Comprador no cumpla sus obligaciones.
Si el Comprador no recoge los productos en el momento y lugar acordados, incurrirá en mora y será responsable de cualquier pérdida de calidad. Los productos permanecerán disponibles durante el almacenamiento y se almacenarán por cuenta y riesgo del Comprador.
Si, tras un periodo de almacenamiento limitado (razonable según el tipo de producto), el Comprador no recoge los productos y, a juicio del Vendedor, existe riesgo de pérdida de calidad y/o deterioro, el Vendedor tendrá derecho a vender los productos a un tercero.
El incumplimiento por parte del Comprador no lo exime de la obligación de pagar el precio completo.
El Vendedor no será responsable de los daños derivados de la falta de entrega.
En caso de fuerza mayor, el Vendedor podrá rescindir total o parcialmente el contrato o posponer la entrega durante la duración de la fuerza mayor.
“Fuerza mayor” incluye, entre otros, circunstancias como disturbios civiles, guerra, huelgas, desastres naturales, epidemias, pandemias, terrorismo, condiciones meteorológicas, condiciones de tráfico como bloqueos, obras o atascos, incendios, medidas gubernamentales u otras circunstancias similares, incluso si afectan únicamente a la ejecución del contrato por parte de terceros contratados, como proveedores del Vendedor o transportistas.
Se considera explícitamente como ejemplo de fuerza mayor la situación en la que el banco principal del Vendedor aplica o aplicará regulaciones que puedan resultar en la terminación o riesgo de terminación de la relación bancaria si el contrato entre el Vendedor y el Comprador se mantiene, según el criterio del Vendedor.
Los productos se embalarán de la manera habitual en el comercio mayorista de flores y plantas, en la forma que determine el Vendedor conforme a una buena práctica comercial, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.
El embalaje no reutilizable podrá ser facturado y no es retornable.
Si los productos se entregan en embalajes reutilizables (cajas de cartón) y/o en materiales de transporte duraderos (carros apilables, contenedores, palets, etc.), el Comprador deberá devolver al Vendedor material de embalaje idéntico con el mismo registro (por ejemplo, chip o etiqueta) dentro de una semana desde la entrega, incluso si se cobra una tarifa de uso, salvo acuerdo escrito en contrario.
Si los envíos de devolución no se realizan a tiempo o si los embalajes duraderos y/o materiales de transporte prestados al Comprador a largo plazo no se devuelven dentro de un plazo razonable establecido por el Vendedor, este se reserva el derecho de: a) cargar los costes correspondientes al Comprador, y b) recuperar del Comprador cualquier daño adicional sufrido por el Vendedor en relación con ello, como costes adicionales de alquiler.
Cualquier coste de transporte de devolución inicialmente pagado por el Vendedor será facturado por separado al Comprador, salvo acuerdo escrito en contrario. Si se cobra un depósito, este será reembolsado una vez que el material en cuestión haya sido devuelto en buen estado. El embalaje reutilizable y otros materiales de transporte duraderos que sigan siendo propiedad del Vendedor también se facturan al precio de coste y deben ser devueltos.
El Comprador reembolsará al Vendedor los costes de reparación o sustitución del embalaje reutilizable y/o material de transporte duradero que haya sido dañado o perdido, así como cualquier daño adicional sufrido por el Vendedor en relación con ello, como costes adicionales de alquiler. Si la devolución del embalaje reutilizable y otros materiales de transporte duraderos que siguen siendo propiedad del Vendedor se realiza en buen estado dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura, los costes facturados serán abonados (acreditados), posiblemente menos una cantidad acordada por el uso.
En caso de disputa entre el Vendedor y el Comprador respecto a cantidades pendientes de material de transporte, prevalecerán los registros administrativos del Vendedor.
La notificación de reclamaciones relativas a defectos visibles, incluidos cantidades, tamaños y/o peso, deberá ser recibida por el Vendedor por fax, télex, correo electrónico o teléfono inmediatamente después de su descubrimiento, pero a más tardar dentro de las 24 horas posteriores a la recepción. Las notificaciones telefónicas deberán ser confirmadas por escrito por el Comprador dentro de los dos días posteriores a la recepción de los productos. El Comprador o el receptor de los productos también deberá anotar cualquier reclamación visible en los documentos de transporte correspondientes en el momento de la entrega.
Las reclamaciones relativas a defectos no visibles en los productos entregados deberán notificarse al Vendedor inmediatamente después de su descubrimiento. Si la reclamación no se presentó por escrito, deberá confirmarse por escrito al Vendedor dentro de las 24 horas.
Una reclamación deberá contener, como mínimo:
una descripción detallada y precisa del/los defecto(s), respaldada por pruebas como fotografías o un informe pericial; y
una declaración de cualquier hecho adicional que permita inferir que los productos entregados y los productos rechazados por el Comprador son los mismos.
El Comprador deberá permitir al Vendedor investigar, o hacer que se investigue, la validez de las reclamaciones en el lugar y/o retirar los productos entregados, salvo que el Vendedor haya acordado explícitamente por escrito renunciar a la investigación en el lugar. Los productos deben conservarse en su embalaje original.
Las reclamaciones que afecten solo a una parte de los productos entregados no darán derecho al Comprador a rechazar la totalidad de la entrega.
Una vez transcurridos los plazos mencionados en VII.1 y VII.2, se considerará que el Comprador ha aceptado los productos entregados y la factura emitida. El Vendedor ya no estará obligado a tramitar reclamaciones presentadas posteriormente.
Si una reclamación presentada por el Comprador resulta infundada, este deberá reembolsar al Vendedor todos los costes derivados de la investigación.
El Vendedor no será responsable de ninguna pérdida sufrida por el Comprador, a menos que y en la medida en que el Comprador demuestre que la pérdida fue causada por dolo o negligencia grave por parte del Vendedor.
Los defectos relacionados con posibles requisitos fitosanitarios y/u otros requisitos aplicables en el país de importación no darán derecho al Comprador a indemnización ni a la rescisión del contrato, a menos que y en la medida en que el Comprador haya informado previamente por escrito al Vendedor de dichos requisitos.
El Vendedor nunca será responsable de daños indirectos o consecuenciales sufridos por el Comprador. Si, no obstante, el Vendedor debiera indemnizar una pérdida, su responsabilidad no excederá el valor de la factura correspondiente a la parte de los productos entregados a la que se refiere la reclamación.
Salvo indicación expresa en contrario, los productos entregados están destinados exclusivamente a fines decorativos y no son aptos para consumo. El Vendedor advierte que los productos pueden tener efectos perjudiciales para personas y/o animales en caso de uso incorrecto, ingestión, contacto y/o hipersensibilidad. Además, el goteo de humedad de algunos productos puede causar daños a los materiales con los que entra en contacto. El Comprador debe transmitir esta advertencia a sus clientes y exime al Vendedor de cualquier reclamación de terceros, incluidos los usuarios finales, relacionada con estas consecuencias.
El pago deberá efectuarse en las oficinas del Vendedor y, a elección del Vendedor:
en efectivo neto contra entrega; o
dentro del plazo indicado por el Vendedor o, si no se ha especificado ningún plazo, dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura, mediante depósito o transferencia a la cuenta bancaria indicada por el Vendedor; o
mediante domiciliación bancaria. Cualquier gasto bancario correrá por cuenta del Comprador.
El Comprador no podrá aplazar el pago del precio de compra ni deducir cantidad alguna del mismo sin permiso previo y explícito por escrito del Vendedor.
El Comprador incurrirá en mora al expirar el plazo de pago. El Vendedor tendrá entonces derecho a rescindir el contrato con efecto inmediato. El Vendedor no será responsable de las consecuencias que dicha rescisión pueda conllevar.
Si el Comprador incurre en mora, el Vendedor tendrá derecho a cobrar intereses del 1,5% mensual o, si la tasa legal fuera superior, la tasa legal, sobre el importe pendiente desde la fecha de vencimiento de la factura hasta la fecha de pago total. Si el Comprador incurre en mora, el Vendedor también tendrá derecho a cobrar cualquier pérdida por tipo de cambio derivada de ello.
Un Comprador establecido en un Estado miembro de la UE distinto de los Países Bajos deberá informar correctamente por escrito al Vendedor de su número de identificación del IVA. A primera solicitud del Vendedor, el Comprador deberá proporcionar toda la información y documentación necesaria para demostrar que los productos han sido entregados en un Estado miembro de la UE distinto de los Países Bajos. El Comprador indemnizará al Vendedor frente a todas las reclamaciones y consecuencias negativas derivadas del incumplimiento total o parcial de estas obligaciones.
Si se encomienda a terceros la recaudación de pagos vencidos, el Comprador deberá asumir todos los costes judiciales y extrajudiciales correspondientes, con un mínimo del 15% del importe pendiente, y dichas sumas serán inmediatamente exigibles.
La propiedad de todos los productos entregados seguirá perteneciendo al Vendedor hasta que el Comprador haya pagado íntegramente todas las cantidades debidas o que puedan llegar a ser debidas al Vendedor por los productos entregados, incluidas las cantidades derivadas de cualquier incumplimiento del Comprador.
El Comprador no podrá pignorar los productos entregados ni utilizarlos como garantía de ninguna otra forma mientras la propiedad no haya sido transferida. Si terceros embargan o intentan embargar dichos productos o desean disponer de ellos de cualquier manera, el Comprador deberá informar inmediatamente al Vendedor.
El Comprador deberá cooperar plenamente, a primera solicitud del Vendedor, en el ejercicio de la reserva de dominio. El Comprador será responsable de todos los costes incurridos por el Vendedor en relación con la reserva de dominio y cualquier acción relacionada, así como de cualquier daño directo o indirecto derivado de ello.
Respecto a los productos destinados a la exportación, desde el momento de su llegada al país de destino, se aplicará la legislación de dicho país en lo relativo a los efectos jurídicos de la reserva de dominio. A partir de ese momento, si la legislación aplicable lo permite, se aplicarán además las siguientes disposiciones:
En caso de incumplimiento del contrato por parte del Comprador, el Vendedor tendrá derecho a tomar posesión inmediata de los productos entregados y de los materiales de embalaje y transporte correspondientes, y a disponer de ellos a su discreción. Si la ley así lo exige, esto implicará la rescisión del contrato.
El Comprador tendrá derecho a vender los productos en el curso ordinario de su actividad comercial. Por la presente, cede al Vendedor todas las reclamaciones que pueda adquirir frente a terceros como resultado de dichas ventas. El Vendedor reconoce esta cesión y se reserva el derecho de hacer valer dichas reclamaciones tan pronto como el Comprador incumpla sus obligaciones de pago.
El Comprador podrá procesar los productos en el curso ordinario de su actividad, estén o no mezclados con otros productos no suministrados por el Vendedor. El Vendedor adquirirá la copropiedad de los nuevos bienes en la proporción en que los productos del Vendedor formen parte de ellos. La propiedad correspondiente se transfiere en este momento al Vendedor, quien acepta dicha transferencia.
Si la ley obliga al Vendedor a liberar parte de la garantía estipulada (si esta excede el valor de las reclamaciones pendientes en un determinado porcentaje), lo hará tan pronto como el Comprador lo solicite y siempre que ello se desprenda de los registros contables del Vendedor.
El Comprador garantiza:
que cumple y seguirá cumpliendo la normativa sancionadora aplicable en cada país relevante en relación con la ejecución del contrato (“Legislación sobre Sanciones”);
que no venderá, transferirá, suministrará ni pondrá los bienes adquiridos a disposición, directa o indirectamente, de personas físicas o jurídicas, entidades, grupos u organizaciones públicas o privadas sancionadas conforme a dicha legislación;
que todas las obligaciones anteriores se impondrán igualmente a cualquier parte a la que el Comprador revenda o suministre bienes adquiridos al Vendedor.
Si el Comprador incumple estas obligaciones, total o parcialmente, el Vendedor tendrá derecho, sin necesidad de notificación previa, a suspender la ejecución del contrato con efecto inmediato o a disolverlo. El Vendedor no estará obligado a indemnizar al Comprador por los daños resultantes, mientras que el Comprador será plenamente responsable de cualquier daño sufrido por el Vendedor debido al incumplimiento.
El Comprador garantiza:
que cumple y seguirá cumpliendo en todo momento la normativa anticorrupción aplicable en cada país relevante (“Legislación Anticorrupción”);
que aplica una estricta prohibición respecto a cualquier oferta o aceptación por parte de empleados o miembros del Consejo de Administración del Comprador de bienes o servicios de valor monetario —como regalos, viajes, entretenimiento o similares— cuando puedan interpretarse como incentivo para actuar de determinada manera en relación con un contrato o su formación;
que no ofrecerá, prometerá ni dará nada, directa o indirectamente, a partidos políticos, campañas, organismos gubernamentales, funcionarios, instituciones públicas, empresas estatales, organizaciones o instituciones internacionales, ni a sus empleados, con el fin de obtener o mantener una ventaja indebida;
que no ofrecerá ni aceptará nada de un cliente comercial salvo que exista un motivo razonable y sea apropiado en el contexto de la actividad diaria, y siempre cumpliendo la legislación local;
que informará inmediatamente al Vendedor si, en relación con el contrato o su ejecución, tiene conocimiento de cualquier situación que pueda contravenir la Legislación Anticorrupción.
Si el Comprador incumple estas obligaciones, el Vendedor podrá suspender la ejecución del contrato o disolverlo con efecto inmediato, sin obligación de indemnizar al Comprador. El Comprador será plenamente responsable de cualquier daño sufrido por el Vendedor como consecuencia del incumplimiento.
El Vendedor tiene derecho a poner a disposición de Floridata —una asociación de mayoristas del sector florícola— los datos de identificación y los datos relativos al pago y comportamiento de pago del Comprador.
Los datos mencionados se procesan en una base de datos con el fin de obtener información sobre los mercados en los que los mayoristas venden sus productos florícolas y sobre el comportamiento de pago de los compradores individuales.
Los datos sobre ventas se procesan en forma agregada, sin que sea posible derivar datos personales. Estos datos se publican periódicamente por Floridata o a través de terceros.
Los datos sobre el comportamiento de pago de compradores individuales se procesan para evaluar el riesgo de deudor. Estos datos pueden contener información personal. Solo se comparten a solicitud especial y únicamente con mayoristas participantes en Floridata, siempre que sirvan para limitar su propio riesgo crediticio.
Si en algún momento las actividades de Floridata fueran asumidas por otra entidad, el Vendedor tendrá derecho a poner los datos mencionados a disposición de dicha entidad, que estará sujeta a las mismas restricciones que Floridata.
Todos los contratos a los que se aplican total o parcialmente estas Condiciones Generales se rigen por la legislación neerlandesa. Las disposiciones de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías quedan expresamente excluidas.
El Comprador solo podrá presentar reclamaciones relacionadas con, o derivadas de, contratos a los que se aplican estas Condiciones Generales ante el tribunal neerlandés competente en la jurisdicción donde el Vendedor tenga su domicilio social. El Vendedor podrá presentar dichas reclamaciones ante el tribunal competente en la jurisdicción donde tenga su domicilio social o ante el tribunal neerlandés competente en la jurisdicción donde el Comprador tenga su domicilio social.
No obstante lo dispuesto en el punto XII.2, el Vendedor y el Comprador podrán acordar someter cualquier disputa a un tribunal arbitral que actúe conforme al Reglamento del Instituto Neerlandés de Arbitraje (Netherlands Arbitration Institute), cuya decisión será aceptada como vinculante por ambas partes.
Cualquier situación no contemplada en estas Condiciones Generales también se regirá por la legislación neerlandesa.
Si alguna parte o disposición de estas Condiciones Generales fuera considerada contraria a una norma legal imperativa, dicha parte o disposición se considerará no acordada, y las Condiciones Generales seguirán siendo vinculantes en lo demás. Las partes actuarán entonces como si, de haber conocido la invalidez de la disposición, hubieran acordado una disposición válida que reflejara la intención de la disposición inválida o que se aproximara lo máximo posible a dicha intención.
Septiembre de 2020
